La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ronda ha emitido una sentencia en la que absuelve al ex alcalde socialista de Cartajima, Francisco Javier Benítez, de un delito leve de maltrato de obra hacia una funcionaria.
En la demanda presentada se indicaba que el ex alcalde, cuando únicamente faltaban dos días para dejar el bastón de mando del municipio (el PP ha ganado las elecciones locales del 28M y ahora la regidora es la popular Isabel Jiménez), mantuvo en el Ayuntamiento una discusión con una funcionaria municipal de carrera, que según aseguraba la denunciante fue empujada y agarrada del hombro del hombro para llevarla a un despacho al tiempo que la insultaba.
Como consecuencia de esta demanda el pasado 20 de mayo se celebró un juicio rápido, donde las partes expresaron sus versiones y la juez escuchó los testimonios de dos testigos.
La Fiscalía pedía para el denunciado una pena de 40 días de multa a razón de una cuota diaria de 10 euros.
Aunque en la sentencia se reconoce que se produjo el empujón y que existe un parte médico presentado por la denunciante, «valorada la prueba es dudoso que la leve intensidad con la que se produjo el empujón pueda calificarse como golpe o maltrato. En todo caso no concurre el elemento subjetivo de maltratar o vejar a la denunciante ya que la intención del denunciado fue que la misma se introdujese en su despacho».
«Por todo lo expuesto no concurre el elemento subjetivo de dolo específico de maltratar o vejar, debiendo dictarse una sentencia absolutoria», se matiza en la resolución judicial, que además fija las costas de oficio.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación en cinco días a partir de su comunicación ante la Audiencia Provincial de Málaga.
Graci Gutierrez
No se de donde sacas la información, pero según la sentencia, no pone nada ni de empujón ni de parte médico. No la puedo subir( la sentencia) porque no hay opción a subir fotos.
Graci Gutierrez
No sé quién es tu fuente, pero según la sentencia, no pone nada ni de empujón ni de parte médico. No la puedo subir( la sentencia) porque no hay opción a subir fotos.