La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga ha emitido una sentencia por el conocido como ‘caso pilonga’ en la que absuelve al alcalde del municipio serrano de Pujerra, Francisco Macías (PSOE), y a las otras tres personas que estaban acusadas de presuntos delitos como prevaricación, fraude en la contratación y falsedad documental -dependiendo de los casos- al considerar que no han incurrido en ningún acto ilícito.
En la sentencia que fue redactada el 5 de noviembre y que ha sido comunicada hoy a las partes, se absuelve a Francisco Macías, como a los otros tres acusados: Emiliano Fábregas, Antonio Fernández, Lidia Carrasco y a la empresa Dafgerluz SL. de los delitos que se les imputaban por parte de la Fiscalía y de la Acusación Particular.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelaci´pon ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de diez días. De igual forma se han declarado de oficio las costas causadas por este procedimiento.
El juicio por el ‘caso pilonga’ tuvo lugar el pasado 17 de octubre. El alcalde, Francisco Macías había sido acusado por la Fiscalía de supuestas irregularidades en adjudicaciones de contratos para obras de infraestructuras de una nave del municipio para la elaboración de la castaña.
Por ello la Fiscalía solicita para el regidor una pena de nueve años de prisión y 15 años de inhabilitación por los delitos de prevaricación, fraude en la contratación y falsedad documental. Hay otros tres procesados en esta causa, denominada ‘Caso pilonga’.
Los hechos
Según el escrito de acusación del fiscal, en diciembre de 2013 el Ayuntamiento acordó iniciar el procedimiento de adjudicación de contrato de obras consistentes en dotación de infraestructuras y equipamiento de nave municipal para la elaboración de castañas por procedimiento negociado sin publicidad, siendo financiado al 100% por la Diputación con un importe de 194.381 euros.
El acusado, en su condición de alcalde del referido municipio, mediante decreto y siendo entonces secretario del Ayuntamiento otro acusado, aprobó el expediente de contratación con cláusulas administrativas particulares. Estaban procesados, igualmente, los administradores de dos empresas que participaron en este proceso.
La Fiscalía señalaba que el proyecto fue adjudicado en enero de 2014 a una de estas sociedades, aunque fue el responsable de la otra «el que, con conocimiento y consentimiento del resto de acusados, asumió las gestiones para la ejecución», subcontratando, al parecer, «de forma irregular y con la anuencia del alcalde y sin reparo del secretario» con otra sociedad la ejecución en cuanto a maquinaria.
Según la calificación inicial de la acusación pública, en la fiscalización de este primer contrato presuntamente «se evidenciaron multitud de irregularidades». Posteriormente, se inició un segundo expediente «resolviéndose por los acusados de la misma forma que en el anterior», con un proceso «sin publicidad» y con supuestas irregularidades.
Los cuatro acusados, dice el escrito, se pusieron de acuerdo «burlando las disposiciones administrativas en cuanto a contratación pública». Para el ministerio fiscal, hubo «clara infracción de los principios de publicidad, concurrencia» y, además, «simulares un expediente administrativo en el que daban apariencia de haber efectuado solicitud de ofertas».
Así, al regidor y al secretario municipal se les acusaba de los supuestos delitos de prevaricación y de fraude en la contratación, que estaría en concurso; y por otro de falsedad documental, solicitando en total de nueve años de prisión para cada uno. A los otros dos acusados se le achacan presuntos delitos de prevaricación, como cooperadores; de falsedad y estafa. Además, se insta a que indemnicen a la empresa subcontratada con 15.100 euros, cantidad supuestamente defraudada.
Sentencia
No obstante, tras la celebración del juicio, los tres magistrados que han juzgado el caso; Lourdes García, Carmen Soriano y Javier Soler, han considerado que no incurrieron en ningún delito, por lo que se ha decretado su absolución.