El Consejo Consultivo Andaluz ha emitido un dictamen por el da la razón al Ayuntamiento de Ronda en relación a la resolución del contrato que firmó con la UTE formada por Maramados y Gicoser, al considerar que estas empresas han incumplido los plazos previstos para la construcción de la nueva estación municipal de autobuses.
De esta forma, con este pronunciamiento, el Ayuntamiento tiene las manos libres para poder licitar lo antes posible las obras de finalización de este proyecto, que el actual equipo de Gobierno considera que es vital para el desarrollo social, económico y turístico de la ciudad.
Hay que recordar que el Ayuntamiento, siguiendo los informes técnicos preceptivos, decidió el pasado verano rescindir el contrato que firmó con la UTE por el incumplimiento de los plazos. “Nos hemos visto obligados a dar este paso al frente ante los retrasos que ha sufrido la construcción de esta infraestructura, dada la importancia que la misma tiene para mejorar las comunicaciones de nuestra ciudad”, cuyo plazo de ejecución era de 24 meses, señaló entonces la alcaldesa, María de la Paz Fernández.
Ante esta decisión del Consistorio, la UTE formuló un recurso contra la resolución del contrato. Posteriormente el Ayuntamiento remitió este conflicto al Consejo Consultivo Andaluz, que finalmente se ha pronunciado a favor de los intereses municipales.
Primera piedra
En febrero de 2021 arrancaron las obras de construcción de la nueva estación de autobuses, que contaban con un presupuesto de 1,7 millones euros.
Se trata de unas instalaciones modernas y funcionales, dando respuesta a las necesidades de una ciudad tan visitada, donde se realizará una nueva plaza de 3.000 metros cuadrados, además del cierre del paso a nivel de la Avenida Victoria, la nueva pasarela peatonal y el nuevo acceso, mucho más seguro, a la zona de los institutos.
La actuación se realizará sobre una superficie de 1.500 metros cuadrados, donde se situarán las oficinas, doce andenes para autobuses, zona de cafetería, consigna, servicios y una zona comercial. El plazo de ejecución está establecido en un máximo de dos años.