Tras conocerse la sentencia por la que la Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto al jefe de la Policía Local de Ronda, Miguel Ángel Cintado, de un delito de prevaricación del que fue acusado por la Fiscalía Anticorrupción, y ante las posteriores declaraciones de la alcaldesa, Teresa Valdenebro (PSOE), realizadas en algunos medios de comunicación y en las que insta al Grupo Municipal Popular a que se disculpe por haber dañado la imagen de este agente, el PP de Ronda ha emitido el siguiente comunicado:
“Hemos escuchado perplejos las declaraciones de la señora Valdenebro esta misma mañana, en las que manifiesta que desde el Grupo Municipal Popular tenemos que pedir perdón tras la absolución del delito de prevaricación del que estaba acusado el jefe de Policía nombrado por el Tripartito.
El Partido Popular se opuso a tal nombramiento, no sólo porque estaba procesado por ese delito, sino porque fue condenado por un delito de lesiones en virtud de sentencia firme. Seguimos manteniendo que la decisión del nombramiento del jefe de Policía no fue correcta, porque no puede ocupar un puesto de esa responsabilidad un condenado por lesiones.
No fue el Partido Popular quien nombró a una persona condenada como jefe de Policía, por lo que exigirnos a nosotros que pidamos perdón es algo así como ver a los pájaros disparando a las escopetas.
En cualquier ocasión en la que tengamos que posicionarnos sobre algo, nunca nos pondremos al lado de quién ha cometido el delito, sino en favor de la víctima de violencia. Y nunca pediremos perdón por ello”.
Sentencias
La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz ha emitido una sentencia con la que absuelve al jefe de la Policía local de Ronda, Miguel Ángel Cintado, de un delito de prevaricación en la condición de cooperador necesario en un proceso de selección de agentes que se desarrolló en 2013 en Puerto Serrano (Cádiz), cuando estaba al frente de este cuerpo, en un municipio gobernado por IU.
Por otra parte, según publicaron los periódicos ABC y La Opinión de Málaga, el Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga condenó a Cintado por un delito de lesiones a una pena de seis meses de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, el pasado 2015.
Sin embargo, el juez suspendería por dos años dicha pena apercibiendo de que, en el caso de que delinquiera durante ese periodo, podría revocar la suspensión acordada y proceder al cumplimiento de la pena inicialmente impuesta.