La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ronda ha emitido una sentencia con la que absuelve al paciente que fue acusado de un delito leve de amenazas y de agresión verbal contra un médico del servicio de Urgencias del Hospital de la Serranía y contra un vigilante de seguridad, al considerar que no queda acreditado que el denunciado actuase de esta forma.
La sentencia no es firme y contra la misma se podrá presentar un recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su publicación en la Audiencia Provincial de Málaga. Además se han declarado de oficio las costas judiciales.
Aunque la juez expresa que el acusado estaba nervioso y que generó un altercado en Urgencias, los denunciantes incurren en ciertas ambigüedades y contradicciones. También ha tenido en cuenta que el denunciado pidió perdón por los hechos ocurridos. Finalmente señala que “por más que reprochable socialmente sea su conducta… quedando acreditado solamente un altercado, pero no las expresiones amenazantes, debe absolverse al acusado”.
Tal y como publicó este periódico la pasada semana, un paciente que acudió en noviembre al servicio de Urgencias del Hospital de la Serranía ha sido juzgado recientemente por un presunto delito de amenazas y de agresión verbal, que según se reflejaba en la denuncia habría cometido contra un médico residente y contra un vigilante jurado que se encontraban trabajando en esta unidad.
La vista oral se celebró el pasado 22 de febrero y según relataron los denunciantes, el paciente, que acudió de madrugada a Urgencias con una herida en la mano, consideró que se estaba tardando mucho tiempo en ser atendido y empezó a amenazar y a agredir verbalmente al facultativo. Posteriormente se personó en el servicio el vigilante jurado, quien también fue objeto de esas amenazas e insultos. Hechos que ahora han sido rechazados con esta sentencia.
La acusación particular, que fue dirigida por un abogado del Servicio Andaluz de Salud (SAS), reclamaba para el acusado por un delito leve de amenazas una condena de un mes de multa, a razón de cinco euros diarios. Sin embargo, el letrado del paciente, Juan José Martín Rodríguez, solicitó la absolución para su defendido, como finalmente ha ocurrido.
De momento se desconoce si el SAS presentará recurso contra este fallo judicial.