Ronda

Caso Boda: Condenan a Teresa Valdenebro (PSOE) a multa y a siete meses de inhabilitación por falsedad documental

También condenan al ex concejal socialista José María Jiménez y a su hija a dos años de cárcel por los mismos hechos, aunque al no contar con antecedentes no ingresarán en prisión

Diario Ronda
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Publicado 26/11/2024 · 12:29Actualizado 27/11/2024 · 12:13Lectura · 3 min
En el juicio se ha demostrado que la ex alcaldesa socialistacometió un delio de falsedad.
En el juicio se ha demostrado que la ex alcaldesa socialistacometió un delio de falsedad.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a la ex alcaldesa Teresa Valdenebro (PSOE) a una pena de siete meses de multa, a razón de una cuota diaria de diez euros, y siete meses de suspensión de empleo o cargo público, al considerarla culpable de un delito de falsedad por imprudencia grave cometido en el conocido como ‘Caso Boda’.

En la sentencia, firmada por los magistrados Carmen Soriano, María Luisa de la Hera y Javier Soler, igualmente se la absuelve del delito de estafa al que le acusaba la Fiscalía. No obstante, también se la condena al pago de las costas de la acusación particular.

Por otra parte, se condena al ex concejal José María Jiménez (PSOE) a la pena de dos años de prisión, inhabilitación especial para el derecho a ocupar cargo público durante el tiempo de la condena, y multa de siete meses de multa con cuota de diez euros, al considerarlo culpable de un delito de falsificación de documento oficial, en concurso con un delito de estafa, con las atenuantes de dilaciones indebidas.

Finalmente, la Sala también condena a la novia del ‘Caso Boda’, L.j.C. a la pena de dos años de prisión, inhabilitación especial para ocupar cargo público durante el tiempo que dure la condena y multa de siete meses a razón de una cuota de diez euros, al ser considerada culpable de un delito continuado de falsificación de de documento oficial.

Contra esta sentencia cabe interponer un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de diez días.

Los hechos

El ministerio fiscal acusaba en su escrito de calificación inicial a los tres procesados de un delito continuado de documento público, en concurso medial con un delito de estafa, y solicitaba una pena de seis años de prisión para cada uno de los procesados.

Los hechos que se han juzgado ocurrieron el 17 de junio de 2017, cuando tuvo lugar la boda oficiada por la ex regidora socialista. Según la Fiscalía, de común acuerdo los acusados elaboraron «con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito», documentos «mendaces» y manipularon para ello la fecha de la boda,

Para el fiscal la presunta manipulación tenía por objeto que la hija del edil pudiese disfrutar de un permiso retribuido por matrimonio, ya que tenía que incorporarse como enfermera el 21 de junio de 2017.

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